miércoles, 19 de junio de 2013

El viscoso fallo de la Corte Suprema





                                                    Con la saludable disidencia del voto del Ministro doctor Eugenio Raúl Zaffaroni y el también valiente y esclarecido dictamen de la Procuradora General de la Nación, doctora Gils Carbó, la mayoría de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al declarar la inconstitucionalidad de los artículos de la ley que establecen la elección, por sufragio directo y universal del pueblo, de los consejeros que en el Consejo de la Magistratura representarán a jueces,  abogados, académicos y científicos, incurrieron en las consabidas y previsibles hipocresía y gatopardismo que caracterizan al estamento mas rancio, aristocrático y conservador de los tres poderes que integran el Estado y deben representar a  la comunidad política en su conjunto.-
                                                      En primer lugar, en su viscoso fallo de resbaladizos conceptos, que engrasan y confunden los atributos políticos e ideológicos de cualquier existencia humana, enturbiándola y tapándola con esa pringosa insinceridad, ignoraron o pasaron por alto la indeterminación del artículo 114 de la Constitución Nacional sin reconocer el pecado de origen  que los constituyentes de 1994 insuflaron, con una redacción difusa y genérica, a la imprecisa institución que creaban, carencia que hizo necesaria su reglamentación en tres oportunidades, la última la de la ley actual, que se sujetó en cada caso a las imposiciones de las coyunturas políticas que, en ejercicio de una competitividad dinámica, las sancionaron.-
                                                    En segundo lugar tampoco tomaron en cuenta lo excepcional, en el tenor fundante de nuestra juridicidad como Nación, de la elección de funcionarios por nuestros representantes directos - presidente y legisladores - y que, en esos casos, el texto lo dijo expresamente.- 
                                           En tercero, dieron relevancia deslegitimante al origen o la pertenencia político-partidaria de jueces y abogados que eventualmente compitan para ser consejeros, y éste quizás constituya el argumento más hipócrita y gatopardista, más untado de presuntuosidad y arrogancia teóricas, de la justificación ensayada para explicar la inconstitucionalidad que declaran, considerando que dichos funcionarios  perderían independencia e imparcialidad al exponérselos, en el nuevo sistema creado por la ley que analizaron, a la influencia o presión externa de los partidos políticos que los impulsasen y apoyasen en sus candidaturas.
                                       Este razonamiento postula la existencia de zombies para tales desempeños. Según la lógica sesgada, separada de la realidad de toda existencia humana en cuanto tal,  preconizada por la mayoría de los miembros de la Corte, los jueces y abogados, e imagino que también los científicos y académicos, no deberían tener ideología alguna. Únicamente los miembros conspicuos de los estamentos técnicos - así, eufemísticamente, el fallo se refiere a la Asociación de Magistrados y al Colegio de Abogados - podrían tener ideología y, supongo, la suficiente integridad moral y ética para dejarla de lado y decidir en cada caso concreto sobre la designación, permanencia y/o remoción de magistrados. Los demás, el resto de sus pares, no si ellos no lo deciden. En cambio, siguiendo siempre la lógica sustentada en el decisorio, los representantes del Poder Ejecutivo y Legislativo, ellos sí, exclusivamente, podrían hacer uso de sus ideologías. Como se ve la hipocresía y el gatopardismo desembocan en el absurdo, además de mantener desigualdades ante la ley absolutamente injustificadas. 
                                                Quiero agregar que, en el sentido y significación desarrollados por el pensamiento de los juzgadores, que vengo exponiendo, la ideología o la adscripción a una determinada posición político partidaria se considera, por parte de los ministros cortesanos en el fallo en crisis, un demérito cuando, en realidad, los jueces que sean designados como tales por el Consejo de la Magistratura, sólo por el hecho de ser humanos, tienen una posición político partidaria y, ya sea que reciban presiones externas o internas, deberán  desenvolverse con independencia e imparcialidad en el ejercicio de la magistradura conforme sus imperativos morales y éticos y, éstos últimos, constituirìan  el único patrimonio o bagaje personal que deberìan hacer jugar para un cabal desempeño en la función.- Y para tales fines no importarìa entonces de qué modo y por qué procedimientos hubieran sido seleccionados sino sus grados y niveles de integridad moral, los cuales, dicho sea de paso, al ser publicados o hechos conocer mediante las propagandas partidarias y adscriptos a una plataforma política propuesta llegarìan al conjunto del pueblo, a una gran cantidad de gente, y serìan juzgados, estos grados y niveles de integridad moral, de un modo mucho más exigente y objetivo que si se dejaran librados a los amiguismos e influencias de las corporaciones que el fallo denomina eufemísticamente, como dije, estamentos técnicos.
                                         El aire que se respira dentro de las corporaciones o estamentos técnicos suele estar viciado por ambiciones, envidias, agresiones encubiertas, intrigas palaciegas, conveniencias, competitividades, que en el gran cuerpo social del pueblo de una nación se atenúan y diluyen o pasan a ser grandes consignas y, por último, expresan estados de opinión pública que se compadecen mejor con la fuente de legitimación genuina de toda democracia que es la voluntad popular.-El fallo de la Corte, al favorecer a las voluntades corporativas en detrimento de la voluntad soberana del pueblo, es reaccionario, retrógrado, anacrónico, no se compadece con la dinamicidad y las mutaciones de la temporalidad histórica que marcha hacia un porvenir exento de artificialidades y mistificaciones, que ansía la mayor medida de verdad y autenticidad posibles.
                                           Probablemente, este viscoso manto de hipocresía y gatopardismo que encubre y disimula el poder detentado por corporaciones que se infiltran en el  órgano judicial  constituido y legitiman y consolidan su soberanía a través de fallos como éste, suscitará, al presionar sobre el buen sentido y la tensión vanguardista de los nuevos tiempos, una resistencia que llevará a una reforma de la Constitución Nacional para poner las cosas en su sitio, en un lugar más acorde al porvenir existencial y auténtico de la especie humana. 

Amílcar Luis Blanco
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